El proceso de compraventa de una vivienda no siempre es sencillo. No todos los compradores de inmuebles tienen claros, sobre todo si es su primera vez, cuáles son los pasos del proceso. ¿Qué viene antes?, ¿se firma todo el mismo día?, ¿ cuándo debo firmar el contrato de la hipoteca?

Si en tu caso no cuentas con el dinero íntegro de la propiedad que vas a adquirir, lo más probable es que necesites solicitar una hipoteca. En ese caso, ¿ qué deberás acudir a firmar primero, la hipoteca o la compraventa de la vivienda? A continuación, te contamos lo que se suele hacer en la práctica. Este es el paso a paso en un proceso de compraventa de una propiedad:

El proceso para firmar una compraventa

1- Acudir al notario para el acta de transparencia

Desde la aprobación de la Nueva Ley Hipotecaria, es necesario acudir al notario unos días antes de firmar la hipoteca y la compraventa para firmar el acta de transparencia. Se trata de un documento que tiene como objetivo regularizar las condiciones de los contratos de los préstamos hipotecarios y asegurar que el comprador entiende todo lo que firma y que no existe ninguna cláusula abusiva.

Para que esto ocurra, el banco debe hacerle llegar al cliente todos los documentos e información sobre el préstamo, 10 días antes de la firma de la escritura. Estos documentos son los siguientes:

  • La FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada). Documento en el que aparece toda la información y detalles sobre la hipoteca: tipo de interés del préstamo, gastos, plazo de la hipoteca, importe, el cuadro de amortización…
  • La FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas). Documento en el que se puntualizan las condiciones más delicadas de la hipoteca: las cláusulas techo, el índice de referencia utilizado para determinar el tipo de interés de la hipoteca, costes del vencimiento anticipado…

Con estos dos documentos, se puede garantizar que el cliente tenga toda la información de la hipoteca que va a firmar y puede celebrarse el acta de transparencia en el notario, que suele tener lugar unos tres días antes de la firma de la hipoteca.

El acta de transparencia se realiza unos tres días antes de la firma del contrato de la hipoteca

2- Firmar la hipoteca

Tras haber hecho el acta de transparencia ante notario, quien ha explicado todos los aspectos en detalle para que no hayan dudas sobre el préstamo que se va a firmar, se suele proceder, días después, a firmar el contrato de la hipoteca.

Lo más común es realizar antes la firma de la hipoteca y, luego, proceder a firmar la escritura de compra de la propiedad. Normalmente, la firma de la hipoteca precede a la firma de la compra de la vivienda, pero el plazo de tiempo entre una firma y otro es mínimo, ya que se acostumbra a realizar el mismo día. Así funciona en la mayoría de casos:

  1. El día de la firma, acuden a la notaría todas las partes implicadas: vendedor, comprador y representante de la entidad prestamista.
  2. Entran a la sala a leer y firmar el contrato de la hipoteca el notario, el comprador (quién pide la hipoteca), el representante del banco que presta el dinero, el gestor y el avalista, si lo hay.
  3. Se obtienen tres copias del contrato: una para el solicitante del préstamo (el comprador del piso), otra para el banco y otra para la notaría.

3- Firmar la compraventa de la vivienda

El mismo día, tras haber firmado el contrato del préstamo hipotecario, se procede a firmar la escritura de compraventa de la vivienda. Entran a la sala los vendedores de la propiedad para la lectura y firma de las escrituras notariales de compraventa.

Es habitual firmar la hipoteca y el contrato de compraventa el mismo días, pero en ocasiones la firma de la compraventa se realiza días después

El notario informa si el inmueble tiene alguna carga registral, si la finca tiene alguna deuda con la comunidad de vecinos, se encarga de comprobar que el vendedor haya adjuntado el certificado de eficiencia energética y que se hayan indicado los métodos de pago que se van a utilizar. Tras comunicar a la parte compradora y vendedora de la finca cuáles son las obligaciones legales y fiscales, se procede a firmar el documento.

Tras la firma, el notario entrega una copia simple de la escritura y se encarga de guardar una copia durante 25 años, que servirá en caso de pérdida. En ese momento, el banco del vendedor debe emitir los cheques nominativos a los beneficiarios (el vendedor, el banco del vendedor si este tiene hipoteca en vigor, la inmobiliaria…).

A partir de entonces, culmina el proceso de adquisición de la vivienda. ¡Enhorabuena a los compradores y vendedores!

Fuente : Internet